Oficina Central de Calidad Académica y Acreditación

24/11/2020 11:25:35

Etapas del proceso de acreditación nacional

 

Para que un programa académico obtenga la acreditación nacional ha seguido un largo camino, orientado a la mejora continua y que busca ser permanente, pero que debe contar con el respaldo de las autoridades y el compromiso de docentes, estudiantes, trabajadores y egresados.

En nuestro país, el proceso de acreditación nacional está regulado por el Sineace y, para este proceso, emitió la Directiva para la acreditación de instituciones educativas y programas, aprobada con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc n.° 172-2018-SINEACE-CDAH-P.

La Directiva tiene por objetivo establecer el marco legal, así como las actividades y los procedimientos de las cuatro etapas del proceso de acreditación, que a continuación se detalla:

1. Etapa previa

  • Referida a la sensibilización y difusión del proceso de acreditación hasta el registro del Comité de Calidad ante el Sineace.
  • La participación en la acreditación es voluntaria, salvo las carreras de Ciencias de la Salud, Derecho y Educación.
  • Solo las universidades que cuenten con licenciamiento pueden registrar sus comités de calidad.
  • La solicitud de registro deberá presentarla el rectorado de la universidad.
  • La carrera profesional o programa de posgrado, que desee iniciar su proceso, debe conformar su Comité de Calidad.
  • Cada registro de Comité de Calidad conlleva a la asignación de un Código Único de Identificación (CUI).

2. Autoevaluación

  • Orientada a la mejora continua y desarrollada por el propio programa, participan sus miembros y grupos de interés.
  • Comprende desde la asignación del CUI al Comité de Calidad, hasta que presente la solicitud de Evaluación Externa (EE).
  • Durante esta etapa, se presenta reportes de avances en la plataforma SAE-ESU, de acuerdo con los formatos establecidos.
  • El Comité de Calidad, que remita sus reportes cada seis meses, mantendrán la condición de “activo”. De no presentarlo, pasará a la condición de “inactivo”, la cual se revertirá con el envío del reporte que corresponda.
  • La DEA-ESU y la OCCAA monitorean y brindan asistencia técnica al Comité de Calidad, siempre que tenga la condición de “activo”.
  • El plazo para desarrollar la autoevaluación responde a las características del programa académico y si cuenta con el respaldo de sus autoridades.

3. Evaluación Externa

  • Es la etapa de verificación, análisis y valoración que permite constatar la situación de los programas, en proceso de acreditación, respecto al logro de los estándares nacionales.
  • El Sineace organiza la EE por ciclos o a lo largo del año, y las convoca públicamente en su portal web.
  • La solicitud de EE debe ser remitida por la máxima autoridad de la institución, acompañada por el Informe final de autoevaluación.
  • Consta de tres momentos: preparatorio (planeación de las tareas que desarrollará la comisión de EE), visita de verificación (constatación de que lo informado por el programa guarde coherencia con las actividades que realiza) y análisis de consistencia (validación de los informes de EE). Los dos primeros a cargo de la comisión de EE, y el tercero de la comisión de consistencia designada por la DEA-ESU.
  • Luego de revisar el informe de EE y la opinión de consistencia, la DEA-ESU emite su informe y recomienda la acreditación o no del programa, junto con el expediente de EE.
  • Antes de ser agendado por el Consejo Directivo Ad Hoc (CDAH) del Sineace, la Oficina de Asesoría emite opinión sobre el expediente presentado por la DEA-ESU.
  • Los plazos para cada actividad de la EE están detallados y hacen un total de aprox. 200 días hábiles.

4. Acreditación

  • Inicia con la decisión de acreditación del CDAH del Sineace y se extiende, con acciones de sostenibilidad y mejora continua, hasta que culmine la vigencia de la acreditación otorgada.
  • El programa que no obtenga la acreditación, tras la expedición de la resolución correspondiente, podrá solicitar nuevamente EE luego de transcurrido un año.
  • El programa acreditado reportará anualmente los avances de sus planes de mejora y, antes del término de la vigencia de su acreditación, podrá solicitar EE adjuntando un informe de autoevaluación sobre el estado actual de los estándares.
  • De ocurrir cambios sustanciales en el programa, este deberá informarlo al Sineace, quien evaluará la afectación o no de las condiciones con las que se obtuvo la acreditación.
  • La DEA-ESU puede realizar visitas de seguimiento, para verificar el mantenimiento del logro de los estándares y la institucionalización de la mejora continua de la calidad.
  • Luego, emitirá un informe describiendo los principales hallazgos e identificando fortalezas y oportunidades de mejora para el programa, que dará a conocer a la universidad.
  • De encontrar evidencia de falsedad de la infomación proporcionada, evidencia inobjetable de que el programa ha perdido el nivel de “logrado” en uno o más estándares, o el retiro del licenciamiento institucional; la DEA-ESU informa a la presidencia del CDAH del Sineace, para las acciones correspodientes.